miércoles, 25 de enero de 2017

Organos principales de la ONU-Composición y Funciones

1-Asamblea General

Foro de negociaciones multilaterales

Establecida en 1945 en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, la Asamblea General ocupa un lugar central como principal órgano deliberativo, de formulación de políticas y representativo de las Naciones Unidas. La Asamblea está integrada por los 193 estados miembros de las Naciones unidas y proporciona un foro para el debate multilateral de toda la gama de cuestiones internacionales que abarca la Carta.
También desempeña un papel importante en el proceso de establecimiento de normas y en la codificación del derecho internacional. La Asamblea celebra en forma intensiva un período ordinario de sesiones cada año, de septiembre a diciembre, o durante más tiempo si fuese necesario.

Funciones y facultades de la Asamblea General

De conformidad a lo dispuesto en la Carta de las Naciones Unidas, la Asamblea General podrá:
  • Examinar los principios generales de la cooperación en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, incluido el desarme, y formular recomendaciones al respecto;
  • Examinar toda cuestión relativa al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y, salvo que el Consejo de Seguridad ya este ocupándose de una controversia o situación, formular recomendaciones al respecto
  • Examinar, con la misma salvedad del punto anterior, las cuestiones comprendidas en el ámbito de la Carta o que afecten a las facultades y funciones de cualquier órgano de las Naciones Unidas y formular recomendaciones al respecto
  • Iniciar estudios y formular recomendaciones para promover la cooperación política internacional, el desarrollo y la codificación del derecho internacional, el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y la colaboración internacional en las esferas económica, social, humanitaria, cultural, educativa y sanitaria
  • Formular recomendaciones con miras al arreglo por medios pacíficos de cualesquiera situaciones que puedan menoscabar las relaciones amistosas entre naciones
  • Recibir y examinar informes del Consejo de Seguridad y otros órganos de las Naciones Unidas
  • Examinar y aprobar el presupuesto de las Naciones Unidas y establecer las cuotas de los Estados Miembros
  • Elegir a los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad y a los miembros de otros consejos y órganos de las Naciones Unidas, así como, por recomendación del Consejo de Seguridad, nombrar al Secretario General.
Además, de conformidad con su resolución titulada "Unión pro Paz" (resolución 377 (V)) , de noviembre de 1950, la Asamblea puede adoptar medidas si el Consejo de Seguridad no lo hiciera, a causa del voto negativo de un miembro permanente, en caso de que parezca haber una amenaza para la paz, un quebrantamiento de la paz o un acto de agresión. La Asamblea puede entonces examinar inmediatamente el asunto con miras a recomendar a los Miembros la adopción de medidas colectivas para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales
Si bien la Asamblea únicamente está facultada para formular recomendaciones no vinculantes a los Estados a propósito de cuestiones de carácter internacional que correspondan a su ámbito de competencia, ha adoptado medidas -políticas, económicas, humanitarias, sociales y jurídicas- que han influido en la vida de millones de personas de todo el mundo.

Búsqueda del consenso

Cada Estado Miembro de la Asamblea tiene un voto. Las votaciones sobre cuestiones consideradas importantes, como, por ejemplo, las recomendaciones relativas a la paz y la seguridad y la elección de los miembros del Consejo de Seguridad, requieren una mayoría de dos tercios de los Estados Miembros, pero otras cuestiones se deciden por mayoría simple.
En los últimos años se han hecho ímprobos esfuerzos para lograr el consenso sobre las cuestiones planteadas, en lugar de someterlas a votación, lo cual ha contribuido a que aumente el apoyo a las decisiones de la Asamblea. El Presidente, tras consultar con las delegaciones y llegar a un acuerdo, puede proponer la aprobación de una resolución sin someterla a votación.

2-Consejo de Seguridad

El Consejo de Seguridad está formado por diez miembros elegidos y cinco miembros permanentes (China, los Estados Unidos, Francia, la Federación de Rusia y el Reino Unido). 

¿ Cómo se elige a los miembros no permanentes?

Todos los años, la Asamblea General elige a cinco miembros no permanentes (del total de 10) por un período de dos años. Los 10 puestos no permanentes se eligen por regiones de la siguiente manera: cinco de entre los Estados de África y Asia; uno de entre los Estados de Europa Oriental; dos de entre los Estados de América Latina y el Caribe; y dos de entre los Estados de Europa Occidental y otros Estados.

Funciones y Poderes

En la Carta de las Naciones Unidas se estipula que las funciones y poderes del Consejo de Seguridad son:
  • mantener la paz y la seguridad internacionales de conformidad con los propósitos y principios de las Naciones Unidas;
  • investigar toda controversia o situación que pueda crear fricción internacional;
  • recomendar métodos de ajuste de tales controversias, o condiciones de arreglo;
  • elaborar planes para el establecimiento de un sistema que reglamente los armamentos;
  • determinar si existe una amenaza a la paz o un acto de agresión y recomendar qué medidas se deben adoptar;
  • instar a los Miembros a que apliquen sanciones económicas y otras medidas que no entrañan el uso de la fuerza, con el fin de impedir o detener la agresión;
  • emprender acción militar contra un agresor;
  • recomendar el ingreso de nuevos Miembros;
  • ejercer las funciones de administración fiduciaria de las Naciones Unidas en «zonas estratégicas»;
  • recomendar a la Asamblea General la designación del Secretario General y, junto con la Asamblea, elegir a los magisterios de la Corte Internacional de Justicia.

¿Son todas las resoluciones del Consejo de Seguridad vinculantes para todos los Estados Miembros?

Conforme al articulo 25 de la Carta de las Naciones unidas, todos los Miembros de las Naciones Unidas «convienen en aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad de acuerdo con esta Carta». 
El articulo 39 de la Carta de las Naciones Unidas establece que el Consejo de Seguridad determinará la existencia de toda amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión. Entre las distintas situaciones que, a juicio del Consejo de Seguridad, han dado lugar a amenazas a la paz hay situaciones relativas a países concretos como conflictos entre Estados o en el interior de Estados o conflictos internos con una dimensión regional o subregional. El Consejo de Seguridad también ha considerado que amenazas potenciales o genéricas representaban una amenaza a la paz y la seguridad internacionales, como los actos terroristas, la proliferación de armas de destrucción en masa y la proliferación y el tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras. El contexto en el que el Consejo de Seguridad ha considerado que una situación da lugar a un quebrantamiento de la paz es más limitado. El Consejo de Seguridad ha determinado que se ha producido un quebrantamiento de la paz solamente en situaciones en las que se ha utilizado la fuerza armada. Han sido muy pocas las ocasiones en su historia en las que el Consejo de Seguridad ha determinado la existencia de un acto de agresión por un Estado contra otro.

¿Qué normas siguen los Estados para el empleo de la fuerza?

Además de cuando el Consejo de Seguridad lo autoriza, como se ha indicado antes, los Estados Miembros pueden utilizar la fuerza para ejercer su derecho de legítima defensa, con arreglo al articulo 51 Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas. Los Estados Miembros pueden ejercer el derecho de legítima defensa únicamente en el caso de un “ataque armado” o “hasta tanto que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales”. De lo contrario, el Artículo 2 (4) de la Carta establece que todos los Miembros de las Naciones Unidas, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas.

Admisión de nuevos Miembros en las Naciones Unidas

¿Qué función tiene el Consejo de Seguridad en la admisión de nuevos miembros en las Naciones Unidas?

La función del Consejo de Seguridad en la admisión de nuevos miembros en las Naciones Unidas se regula en el articulo 4 de la Carta de la Organización, en el que se establece que la admisión se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad. El procedimiento relativo a las decisiones del Consejo de Seguridad a este respecto se describe en más detalle en los articulos 58 a 60 del Reglamento provisional del Consejo de Seguridad. El Repertorio incluye una sección en la que se describe el proceso de admisión de miembros aplicable a todos los Estados que se adhirieron después de 1946 en la sección miembros de las Naciones unidas y Otras Funciones y Poderes.


Sistema de votación y registros

Voto y la mayoría requerida

  1. Cada miembro del Consejo de Seguridad tendrá un voto.
  2. Las decisiones del Consejo de Seguridad sobre cuestiones de procedimiento serán tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros.
  3. Las decisiones del Consejo de Seguridad sobre todas las demás cuestiones serán tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros, incluso los votos afirmativos de todos los miembros permanentes; pero en las decisiones tomadas en virtud del Capítulo VI y del párrafo 3 del Artículo 52, la parte en una controversia se abstendrá de votar.

El derecho al veto

A finales de la Segunda Guerra Mundial, China, Francia, la Federación de Rusia (antigua URSS), el Reino Unido y los Estados Unidos desempeñaron una función fundamental en el establecimiento de las Naciones Unidas. Los creadores de la Carta de las Naciones Unidas estaban seguros de que estos cinco países seguirían desempeñando un papel importante en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Por eso, a los «cinco grandes» se les otorgó un poder de voto especial, conocido como el «poder de veto». Se acordó que en caso de que uno de los «cinco grandes» ejerciera su poder de veto dentro del Consejo de Seguridad, la resolución o decisión no se aprobaría.
los cinco miembros permanentes en uno u otro momento han ejercido el derecho de veto, algunos con más frecuencia que otros, y en momentos particulares dentro de ese período. Si un miembro permanente no está totalmente de acuerdo con una propuesta de resolución, pero no desea emitir un veto, puede optar por la abstinencia, lo que permite que la resolución se apruebe si obtiene el número requerido de nueve votos favorables.

3- Consejo Económico y Social
La Asamblea General elige a los 54 Gobiernos miembros del Consejo para períodos superpuestos de tres años. Los puestos en el Consejo se asignan sobre la base de la representación geográfica, con 14 puestos para Estados africanos, 11 para Estados asiáticos, 6 para Estados de Europa oriental, 10 para Estados de América Latina y el Caribe y 13 para Estados de Europa Occidental y otros.
El Consejo Económico y Social se ocupa de los problemas económicos, sociales y ambientales del mundo. El Consejo, uno de los órganos constituyentes de las Naciones Unidas que figuran en la Carta, fue establecido en 1946 y es el foro en que esas cuestiones se examinan y debaten y en el que se formulan recomendaciones de política.
En ese sentido, el Consejo tiene una amplia responsabilidad respecto del 70% aproximadamente de los recursos humanos y financieros de todo el sistema de las Naciones Unidas, incluidos 14 organismos especializados, 9 comisiones orgánicas y cinco comisiones regionales. (Véase el recuadro en la parte superior a la derecha.)

El período de sesiones, que se celebra en años alternos en Nueva York y Ginebra, se divide en cinco serie de sesiones - de alto nivel, de coordinación, de actividades operacionales, de asuntos humanitarios y de carácter general – que abarcan asuntos mundiales y cuestiones técnicas y administrativas.


4- Consejo de Administración Fiduciaria

Situación actual

El Consejo de Administración Fiduciaria ha suspendido sus operaciones formalmente el 1 de noviembre de 1994. El Consejo ha modificado su reglamento para eliminar la obligación de reunirse anualmente y acordaron reunirse en el momento necesario, por su decisión o la decisión de su Presidente o a petición de una mayoría de sus miembros o de la Asamblea General o el Consejo de Seguridad.

Antecedentes

Al crear un régimen internacional de administración fiduciaria, la Carta estableció el Consejo de Administración Fiduciaria como uno de los órganos principales de las Naciones Unidas y le asignó la función de supervisar la administración de los territorios en fideicomiso puestos bajo el régimen de administración fiduciaria. El objetivo principal de este régimen consistía en promover el adelanto de los habitantes de los territorios en fideicomiso y su desarrollo progresivo hacia el gobierno propio o la independencia. El Consejo de Administración Fiduciaria está constituido por los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad China, los Estados Unidos, la Federación de Rusia, Francia y el Reino Unido. Los propósitos del régimen de administración fiduciaria se han cumplido a tal punto que todos los territorios en fideicomiso han alcanzado el gobierno propio o la independencia, ya sea como Estados separados o mediante su unión con países independientes vecinos.

Funciones y poderes

De conformidad con la Carta, el Consejo de Administración Fiduciaria está autorizado a examinar y debatir los informes presentados por la autoridad administradora respecto del adelanto político, económico, social y educativo de la población de los territorios en fideicomiso y, en consulta con la autoridad administradora, a examinar peticiones provenientes de los territorios en fideicomiso y realizar visitas periódicas y otras misiones especiales a esos territorios.

5- Corte Internacional de Justicia
La Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de la Organización de las Naciones Unidas. Tiene su sede en el Palacio de la Paz en la Haya (Países Bajos) y está encargada de decidir las controversias jurídicas entre Estados. También emite opiniones consultivas sobre cuestiones que pueden someterle órganos o instituciones especializadas de la ONU.
Los idiomas oficiales son el inglés y el francés.Sus quince magistrados, elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, cumplen mandatos de nueve años.
De los seis órganos principales de las Naciones Unidas (Asamblea General, Consejo de Seguridad, Consejo Económico y Social, Consejo de Administración Fiduciaria y Corte Internacional de Justicia) es el único que no se sitúa en Nueva York (Estados Unidos).
Su Estatuto forma parte integral de la Carta de las Naciones Unidas.

Funcionamiento de la Corte

La Corte desempeña una doble misión: el arreglo de las controversias de orden jurídico entre los Estados que le sean sometidas por estos (procedimiento contencioso) y la emisión de dictámenes consultivos sobre cuestiones jurídicas que le sometan los órganos u organismos de las Naciones Unidas (procedimiento consultivo).

Procedimiento contencioso

Solo los Estados pueden ser partes en el procedimiento contencioso (los Estados Miembros de las Naciones Unidas y otros Estados que sean partes en el Estatuto de la Corte o que hayan aceptado su jurisdicción bajo ciertas condiciones).
La Corte solo tendrá competencia para conocer de un asunto si los Estados implicados han aceptado su jurisdicción de alguna de las siguientes maneras:
  • en virtud de un acuerdo especial concluido entre los Estados con el propósito de someter su controversia a la Corte;
  • en virtud de una cláusula jurisdiccional. Este es el caso en que los Estados son partes de un tratado en el que una de sus cláusulas prevé que, en caso de que surja en el futuro una controversia acerca de la interpretación o la aplicación de dicho tratado, uno de ellos la someta a la Corte;
  • por el efecto recíproco de declaraciones hechas por ellos bajo los términos del Estatuto, mediante las cuales cada uno de ellos ha aceptado la jurisdicción de la Corte como obligatoria en caso de controversia con cualquier otro Estado que acepte la misma obligación. Cierto número de estas declaraciones, que deben depositarse en poder del Secretario General de las Naciones Unidas, contienen reservas que excluyen determinadas categorías de controversias.



Al firmar la Carta, los Estados Miembros de las Naciones Unidas se comprometen a cumplir con cualquier decisión de la Corte en los casos de los que sean partes. Además, dado que un procedimiento solo competerá a la Corte y esta solo tendrá poder de decisión sobre el mismo si las partes han aceptado su jurisdicción, es poco frecuente que no se apliquen sus decisiones. Si un Estado defiende que la otra parte no ha cumplido con las obligaciones derivadas de un fallo de la Corte, podrá presentar el asunto ante el Consejo de Seguridad, que tiene poder para hacer recomendaciones o decidir qué medidas deben adoptarse para que la sentencia tenga efecto.
La Corte desempeñará sus funciones en pleno, pero, si las partes lo solicitan, también podrá establecer salas ad hoc para estudiar casos concretos. La Corte elegirá cada año una Sala de Procedimiento Sumario de conformidad con su Estatuto.Lo que se ha descrito anteriormente es el procedimiento normal. Sin embargo, algunas cuestiones pueden afectar a los procedimientos. Lo más habitual es que se presenten excepciones preliminares para evitar que la Corte falle sobre el asunto (el Estado demandado puede alegar, por ejemplo, que la Corte no tiene jurisdicción sobre el asunto o que la solicitud es inaceptable). En estos casos, es la Corte la que decide. También existen medidas provisionales, que el Estado demandante puede solicitar si considera que los derechos que constituyen el objeto de su solicitud están en peligro inmediato. También puede ocurrir que un tercer Estado desee intervenir en una controversia entre otros dos, porque considere que la decisión que vaya a adoptarse respecto a la controversia entre dichos Estados puede afectar alguno de sus intereses de índole jurídica. El Estatuto también prevé casos en los que el Estado demandado no comparece ante la Corte, ya sea porque rechaza por completo la jurisdicción de la misma o por cualquier otro motivo. Por lo tanto, el hecho de que una de las partes no comparezca no evita que los procedimientos sigan su curso. Sin embargo, en estos casos la Corte deberá cerciorarse de que tiene jurisdicción sobre el asunto en cuestión. Por último, si la Corte considera que las partes de procedimientos distintos presentan los mismos alegatos contra un mismo Estado respecto al mismo asunto, podrá ordenar la unión de dichos procedimientos.
Las fuentes de derecho que puede aplicar la Corte son: los tratados y las convenciones internacionales en vigor; el derecho consuetudinario internacional; los principios generales del Derecho; así como las decisiones judiciales y la doctrina de los publicistas de mayor competencia. Además, si las partes están de acuerdo, la Corte podrá decidir un asunto ex aequo et bono, por ejemplo, sin limitarse a los reglamentos de derecho internacional existentes.
Un procedimiento podrá concluirse en cualquier fase del mismo mediante un acuerdo entre las partes o por desistimiento. En este último caso, el Estado demandante podrá informar a la Corte en cualquier momento de que no desea continuar con el procedimiento, o bien las dos partes pueden declarar que han decidido retirar el caso. En ese caso, la Corte lo eliminará de la lista.

Procedimiento consultivo

El procedimiento consultivo de la Corte está abierto exclusivamente a los cinco órganos y los dieciséis organismos del sistema de las Naciones Unidas.
La Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas podrán solicitar dictámenes consultivos sobre cualquier cuestión jurídica. Otros órganos u organismos de las Naciones Unidas que hayan recibido autorización para solicitar dictámenes consultivos solo podrán hacerlo respecto a las cuestiones de derecho que se planteen dentro del ámbito de sus actividades.
Cuando recibe una solicitud de dictamen consultivo y para que este se base en el pleno conocimiento de los hechos, la Corte podrá llevar a cabo procedimientos escritos y orales, que se asemejan en algunos aspectos a los procedimientos contenciosos. En teoría, la Corte puede no servirse de dichos procedimientos, pero nunca ha prescindido de ellos por completo.
Algunos días después de que se presente la solicitud, la Corte elaborará una lista de los Estados y organizaciones internacionales que puedan aportar información sobre el asunto. Dichos Estados no se encuentran en la misma situación que las partes de los procedimientos contenciosos: sus representantes ante la Corte no se denominan agentes y su participación en el procedimiento consultivo, en caso de darse, no hace que el dictamen de la Corte sea vinculante para ellos. En general, los Estados que aparecen en la lista suelen ser Estados Miembros de la organización que solicita el dictamen. Los Estados podrán solicitar su participación en caso de que la Corte no les consulte.


Sin embargo, no es frecuente que la CIJ permita que las organizaciones internacionales que no han solicitado el dictamen participen en los procedimientos consultivos. En lo que respecta a las organizaciones no gubernamentales internacionales, la única a la que la CIJ autorizó para proporcionar información decidió no hacerlo (Situación jurídica internacional del África Sudoccidental). La Corte ha rechazado todas las solicitudes de este tipo por parte de entidades privadas.
Los procedimientos escritos son de menor duración, pero igual de flexibles que en los procedimientos contenciosos entre Estados. Los participantes pueden presentar declaraciones escritas, que a veces reciben comentarios escritos por parte de otros participantes. Dichos comentarios y declaraciones tienen carácter confidencial, aunque suelen hacerse públicos cuando comienzan los procedimientos orales. Entonces, suele invitarse a los Estados a presentar declaraciones orales en las audiencias públicas.
Un procedimiento consultivo concluye con la exposición del dictamen correspondiente en una audiencia pública.
Estos dictámenes son consultivos por naturaleza. Es decir, que, a diferencia de los fallos de la Corte, no son vinculantes. El órgano, organismo u organización solicitante tendrá libertad para hacer efectivo o no el dictamen mediante cualquier vía para ello. Sin embargo, algunos instrumentos o reglamentos pueden informar de antemano de que un dictamen consultivo de la Corte puede ser vinculante (por ejemplo, las convenciones sobre las prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas).
Sin embargo, la autoridad y el prestigio de la Corte van unidos a sus dictámenes consultivos y, si el órgano u organismo interesado acepta dicho dictamen, la decisión tendrá el mismo efecto que si hubiese sido aprobada por el Derecho internacional.

6-Secretaria 

La labor cotidiana de las Naciones Unidas está a cargo de su Secretaría integrada por funcionarios internacionales que trabajan en oficinas del mundo entero. La Secretaría presta servicios a los demás órganos principales de las Naciones Unidas y administra los programas y las políticas que éstos elaboran. Su jefe es el secretario general nombrado por la Asamblea Genereal a recomendación del Consejo de Seguridad por un período renovable de cinco años.
Las funciones de la Secretaría son tan variadas como los problemas que tratan las Naciones Unidas. Incluyen desde la administración de las operaciones de mantenimiento de la paz y la mediación en controversias internacionales hasta el examen de las tendencias y problemas económicos y sociales y la preparación de estudios sobre derechos humanos y desarrollo sostenible. El personal de la Secretaría, entre otras funciones, informa a los medios de comunicación del mundo sobre la labor de las Naciones Unidas, organiza conferencias internacionales sobre asuntos de interés mundial e interpreta discursos y traduce documentos a los idiomas oficiales de la Organización.
La Secretaría tiene alrededor de 41 000 funcionarios en todo el mundo 1.
Como funcionarios internacionales, tanto ellos como el Secretario General sólo rinden cuentas a las Naciones Unidas y juran no solicitar ni recibir instrucciones de ningún gobierno ni autoridad ajena a la Organización. según la Carta, los Estados Miembros se comprometen a respetar el carácter exclusivamente internacional de las funciones del Secretario General y del personal y a no tratar de influir sobre ellos.
Aunque su Sede está en Nueva York, las Naciones Unidas mantienen una presencia importante en Addis Abeba, Bangkok, Beirut, Ginebra, Nairobi, Santiago de Chile y Viena y tienen oficinas desplegadas en casi todos los países.
Actualmente hay 16 operaciones de paz de las Naciones Unidas desplegadas en cuatro continentes. Trabajar al servicio de la causa por la paz es una peligrosa ocupación. Desde que se fundaron las Naciones Unidas, cientos de valerosos hombres y mujeres han perdido la vida en misiones.

FUENTE http://www.un.org/es/

No hay comentarios:

Publicar un comentario