miércoles, 25 de enero de 2017

Origen y evolución del Derecho Internacional Público

Origen y evolución del Derecho Internacional Público

La idea de un sistema legal completo, que regulara las relaciones entre los estados independientes, no existió ni en la antigüedad ni en el medioevo.
En lo que podrían considerarse como las primeras normas de Derecho Internacional Publico, nos vamos a encontrar con el Tratado de Paz firmado entre Ramsés II de Egipto y Hatatasuli del Reino Hitita en el año 1291 a.C., donde se estableció el pacto de no agresión y el régimen de extradición.
También  podemos mencionar el Código de Manu en la India, donde aparecen nuevas formas de regular las prácticas de la guerra.
Pero hay sucesos que marcan la historia de los procesos normativos. Para el Derecho Internacional Público, los tratados de paz de Westfalia (firmados en el año 1648) signan el comienzo de una forma de llevar adelante la diplomacia, y donde el concepto de soberanía nacional y el principio de la integridad territorial, adquieren  papeles preponderantes.
Los Tratados de Paz  Westfalia marcaron un punto central. Desde este acontecimiento hasta finales del siglo XVIII, cobran cada vez más trascendencia los convenios interestatales, los acuerdos comerciales y la concepción del “equilibrio de las fuerzas”
Durante este tiempo, los Estados-Nación se afianzan, crecen las burguesías industriales, comerciales y financieras.
En 1814 se celebra el Congreso de Viena. Este fue un encuentro internacional convocado con el objetivo de restablecer las fronteras de Europa tras la derrota de Napoleon I y reorganizar la forma de las ideologías políticas del antiguo régimen. Su intención era volver a la situación anterior a la Revolución Francesa de 1789.  Se presentaron dos grandes principios: el principio monárquico de legitimidad y el principio de equilibrio. Los acuerdos tuvieron vigencia en los territorios de Europa Central y del Este hasta el final de la Primera Guerra Mundial (1914-1818).
 Resulta importante también señalar la declaración de París de 1856 sobre la guerra en el mar y abolición del correo marítimo; el Convenio de Ginebra de 1864 sobre el trato a los militares heridos en tiempo de guerra; la Declaración de San Petersburgo, que prohibía el uso de determinadas armas; convenciones y declaraciones de La Haya de 1899 y 1907 que señalaron el peso para establecer compromisos interestatales de apelar a medios pacíficos a fin de resolver sus conflictos y controversias.
Sin dudas el siglo XIX resulta de innegable trascendencia en el desarrollo del DIP. Desarrollo que encuentra a partir de las dos Guerras Mundiales del siglo XX, una nueva forma de relacionarse a través de Organismos Internacionales.
Para terminar, me parece importante no dejar de mencionar la división hecha por Vinogradoff, intentando separar cronológicamente la evolución de nuestra materia.
 Vinogradoff presenta al Derecho Internacional Público  bajo cinco formas:
1-la helénica o “interciudades”, donde se destacan Atenas y Esparta;
2- la del ius Gentium (derecho de gentes), de la omnipresencia real, republicana e imperial de Roma;
 3-la del ius commune (derecho común), que corresponde al ideal universalístico de la Edad Media;
4- la de los tiempos modernos, referida a la convivencia entre estados nacionales, muchos aún en agraz y cuyos monarcas buscan justificar sus acciones en preceptos religiosos y pocas veces en reglas jurídicas
5-la perteneciente a la historia contemporánea comprensiva de multiplicidad de normas y caracterizada por la presencia de las organizaciones internacionales que singularizan a la época actual.

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